¿Pueden los abogados y las partes acceder al contenido de la exploración judicial de los menores sin violar su intimidad? ¿Debe ser grabada la exploración judicial? Sí. Sentencia de 9/5/2019 del Tribunal Constitucional.
El Pleno del Tribunal Constitucional ha dictado una sentencia en la que establece que el derecho a la intimidad de un menor no se ve vulnerado cuando se da traslado a las partes del acta que detalla el resultado de una exploración judicial para que éstas puedan formular alegaciones.