Un acuerdo prematrimonial mediante la firma de capitulaciones matrimoniales es un contrato que refleja los pactos entre la pareja antes de casarse. Serán pactos a respetar durante el matrimonio y/o en caso de que este vínculo desaparezca (divorcio, separación, nulidad o fallecimiento). A continuación, te desvelamos las claves del contrato prematrimonial.
La misma definición se puede aplicar de igual manera a los pactos establecidos tras la celebración del matrimonio. En este último caso estaríamos hablando de acuerdo matrimonial.
Todo acuerdo prematrimonial debe llevarse a cabo voluntariamente sin presión ni coacción. Todo acuerdo prematrimonial debe revelar claramente los ingresos, activos y pasivos. Todo acuerdo prematrimonial debe estar firmado por ambas partes y reconocido ante un notario en escritura pública.
¿Quién puede hacer un acuerdo prenupcial?
Cualquier pareja puede crear un acuerdo prematrimonial. Sin embargo, dichos acuerdos son especialmente comunes cuando una persona (o la familia de una persona) tiene muchos más activos o deudas que la otra.
¿Qué pasa si me separo de mi pareja sin estar casados?
Asistencia y sostenimiento del hogar. Ambas partes se deben asistencia moral (respeto y cuidado mutuo) y material (alimentos) y tienen el deber de contribuir al sostenimiento del hogar y de sus hijos en proporción a sus recursos. El trabajo en el hogar se computa como contribución.
Las capitulaciones matrimoniales son documento legal que sirve para materializar el acuerdo prematrimonial con todos sus pactos. Las capitulaciones tienen la misma función en el caso de pactos realizados entre los cónyuges tras la celebración del matrimonio, para formalizar el acuerdo matrimonial. Las capitulaciones matrimoniales o capitulaciones prematrimoniales son los acuerdos celebrados antes o en el acto de contraer matrimonio y que tienen por objeto regular el régimen económico de su matrimonio o, en general, cualquier otra disposición por razón del mismo.
Es importante que se cuente con abogados especialistas en derecho de familia para la elaboración de los acuerdos prematrimoniales. El abogado os asesorará a ti y a tu pareja –en ocasiones a una sola de las partes si cada una prefiere contar con su propio abogado– y se ocupará de su redacción y además:
1º.- Explicará qué implica cada uno de los regímenes económicos del matrimonio previstos en la ley para que podáis elegir a cuál acogeros según vuestras circunstancias personales.
2º.-Ayudará a proyectar correctamente los acuerdos a los que queréis llegar –en el supuesto de que deseéis configurar las reglas o pactos por los que se va a regir vuestro matrimonio de manera distinta a las previstas–.
3º.-Informará sobre las posibles consecuencias que podrían tener en un futuro los pactos que os planteáis reflejar en las capitulaciones.
4º.-Se asegurará de que las cláusulas reflejen los acuerdos con corrección, en fondo y en forma.
5º.-Comprobará que ninguna de las cláusulas entre en conflicto con la ley –ya que quedaría invalidada–.
6º.-Elaborará el documento con atención a que no existan inexactitudes o ambigüedades y a otras cuestiones técnicas.
Si quieres más información contacta con BASTIDA ABOGADOS.