“El Síndrome de Alienación Parental. A la vanguardia frente al negacionismo del SAP”, el libro de Esteban Bastida Martín sale a la luz próximamente

El Síndrome de Alienación Parental. A la vanguardia frente al negacionismo del SAP es el tratado más especializado y completo disponible sobre la materia, abordando sus vertientes jurídica, psicológica, sociológica y política. El autor, Esteban Bastida, es abogado del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid y socio fundador de Bastida Abogados. Dirige desde hace más de veinte años asuntos judiciales de derecho de familia y derecho penal relacionado con el derecho de familia, dirigiendo casos de alienación parental y denuncias falsas de violencia de género.

Si un hijo rechaza u odia de manera patológica a un padre o a una madre, sin que haya habido maltrato o abuso, es como consecuencia de la dinámica de alienación ejercida por el otro progenitor para romper el vínculo parental.

La obra se compone de tres volúmenes. El volumen I demuestra que el Síndrome de Alienación Parental es un criterio estudiado y reconocido por la comunidad científica, así como es una forma de maltrato psicológico infantil, una forma de violencia psicológica frente al progenitor rechazado, un criterio jurídico reconocido por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, y además es constitutivo de un delito en el ámbito familiar.

El autor zanja las polémicas sobre la inexistencia del SAP y las denuncias falsas de violencia de género, demostrando que el feminismo de equidad no tiene nada que ver con el feminismo contemporáneo o de género, desenmarañando y desenmascarando las falacias que vierten los ideólogos de género, negacionistas fanatizados del SAP. Reivindicando que los ciudadanos deben reclamar incesantemente la independencia del Poder Judicial, para frenar la injerencia intolerable de los políticos en el ámbito clínico y judicial.

El volumen II muestra cómo influye la ideología de género en la Justicia y en la educación, y enseña cómo los abogados deben actuar en los tribunales frente al negacionismo del SAP.

El autor muestra cómo las represalias de la ideología de género hacen que los jueces se resistan o se nieguen a investigar el SAP, enseñando cómo se deben reclamar correctamente los derechos fundamentales violados en las diversas instancias judiciales, nacionales e internacionales. También muestra cómo se debe recusar correctamente a los jueces faltos de imparcialidad en asuntos de SAP, llegando al Tribunal de Estrasburgo por violar el Estado español el derecho fundamental a un juez imparcial .

Desde su dilatada experiencia muestra casos reales de SAP, denuncias falsas de violencia de género y abusos sexuales a menores. Facilitando para el trabajo de los abogados, sentencias de los tribunales españoles y europeos en materia de SAP, incluyendo sentencias de las diversas Audiencias Provinciales, del Tribunal Supremo, así como del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Finalizando el volumen II con un resumen de la obra, conclusiones y soluciones que ofrece el autor.

El volumen III se compone de formularios prácticos en materia de SAP que sirven de guía y ayuda a los abogados, con el fin de que ejerzan correctamente el derecho de defensa de los justiciables, en todas las instancias judiciales españolas así como en las internacionales.

Ofrece todas las respuestas y soluciones para combatir a una ideología perversa que viola los derechos fundamentales, que está instalada en la sociedad y en las instituciones españolas.

Una obra fundamental para padres y madres que ven cómo la justicia no hace nada por ayudar a sus hijos. Para aquellos magistrados, fiscales, abogados, psiquiatras, pediatras, psicólogos y educadores que se encuentran con estas situaciones en el ejercicio de su profesión. También para las personas sensibilizadas contra cualquier forma de maltrato al que puede ser sometido un menor, y sensibilizadas con los varones denunciados falsamente por violencia de género.

En la obra se expone de manera contundente por qué el Consejo General del Poder Judicial debe abstenerse de dictar guías o instrucciones desautorizando el uso legal del SAP, así como debe abstenerse de participar en jornadas de formación a los operadores jurídicos en el negacionismo del SAP, debiendo en cambio formar en SAP a los jueces de manera rigurosa, desde la vertiente psicológica y jurídica.

Recomienda que los colegios de abogados impulsen urgentemente la formación y sensibilización de sus colegiados en el Síndrome de Alienación Parental, así como en los principios de protección de los varones víctimas de denuncias falsas de violencia de género.

Próximamente podrás descubrir, los dos primeros volúmenes del libro << El Síndrome de Alienación Parental. A la vanguardia frente el negacionismo del SAP>>, una obra que demuestra un drama humano al que se enfrentan los menores, padres y madres. Una dura realidad que se pretende ocultar por las instituciones españolas.

Una obra creada para lograr la Justicia que la Constitución Española nos garantiza.

Bastida Abogados. Boutique legal. Expertos en Derecho de Familia y Derecho Penal.

En este caso, antes de acordar el sobreseimiento el Juez de instrucción podrá realizar un llamamiento a los ofendidos o perjudicados no personados en la causa para que, en el plazo de 15 días, comparezcan si quisieran en el procedimiento, acordando el sobreseimiento si no lo hiciese.

También puede remitir la causa al superior jerárquico del Fiscal para que resuelva sobre si procede o no sostener la acusación.

3. Ministerio Fiscal o acusación particular solicitan la apertura del juicio oral.

El juez de instrucción la acordará salvo que estimase que concurre el supuesto del art 637.2 LECrim o que no existen indicios de criminalidad contra el acusado, en cuyo caso se acordará el sobreseimiento que corresponda. Cuando el juez de instrucción decrete la apertura del juicio oral solo a instancia del Ministerio Fiscal o de la acusación particular, el Letrado de la Administración de Justicia dará nuevo traslado a quien hubiere solicitado el sobreseimiento por plazo de 3 días para que formule escrito de acusación, a no ser que hubiese renunciado a ello.

Emplazamiento del acusado

Abierto el juicio oral, el Letrado de la Administración de Justicia emplazará al acusado para que comparezca en el plazo de 3 días en la causa con abogado que le defienda y procurador que le represente. Efectuada dicha comparecencia, se dará traslado de las actuaciones a los acusados y terceros responsables para que, en el plazo común de 10 días, presenten escrito de defensa frente a las acusaciones formuladas.

Si la defensa no presenta su escrito en el plazo reseñado se entenderá que se opone a las acusaciones formuladas y se seguirá el procedimiento.

Una vez presentado su escrito, la defensa solo podrá proponer la prueba que aporte en el acto del juicio oral para su práctica en el mismo. En el escrito de defensa se puede solicitar del órgano judicial que se recabe la remisión de documentos o cite a peritos o testigos para practicar la correspondiente prueba en las sesiones del juicio oral o ,en su caso, para la práctica anticipada de dichas pruebas.

En este escrito los acusados se podrán conformar con la acusación en los términos previstos en el art 787 LECrim, conformidad que también podrá ser prestada con el nuestro escrito de calificación que conjuntamente firmen las partes acusadoras y el acusado junto con su letrado en cualquier momento anterior a la celebración de las sesiones del juicio oral.

Con la formulación del escrito de defensa o en su caso, la declaración de rebeldía del acusado y la puesta a disposición al juez o tribunal competente para el juicio oral de las actuaciones, concluye esta fase intermedia o fase preparatoria del juicio.

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